domingo, 29 de junio de 2008

GARANTÍAS CONSTITUCIONALES

Garantías Constitucionales:

Son las seguridades que ofrece la Constitución Nacional para el respeto de los derechos y las posibilidades de acción en caso de que estos sean violados.

Las principales garantías constitucionales están enunciadas en el artículo 18 de la Constitución. Entre ellas se pueden mencionar: las referidas al debido proceso, la inviolabilidad del domicilio y la correspondencia, abolición de la pena de muerte, cárceles sanas y limpias. También incluyen el recurso de hábeas corpus y recurso de amparo (artículo 43 de la C.N.)

· El debido proceso:

Es el conjunto de garantías procesales que tiene por objeto asistir la las personas durante el proceso judicial protegiéndolos de abusos de las autoridades y permitiendo la defensa de sus derechos. El proceso puede ser penal (tiene como objeto aplicar un castigo) o civil ( persigue fines económicos, tenencia de bienes o menores etcétera). En el debido proceso se consagran los siguientes principios:

o Juicio previo: ( “ningún habitante puede ser penado sin juicio previo” ). El juicio es obligatorio y en él se presentan las pruebas en contra y se ejerce la defensa. Sólo con estos elementos el juez puede absolver o condenar al procesado.
o Intervención del juez natural: ( “ ningún habitante puede ser juzgado por comisiones especiales ... de la causa”) Sólo pueden intervenir los juzgados o tribunales creados por ley anterior al proceso.
o Ley anterior: (Ningún habitante ... puede ser penado ... ley anterior al proceso” ) Esto implica la irretroactividad de la ley.
o Inviolabilidad de la defensa en juicio: ( “ Es inviolable la defensa... y sus derechos” ). La persona puede hacer en el juicio todo aquello que considere necesario para demostrar su inocencia y no puede renunciar al derecho de tener un abogado (si no lo puede costear lo proporciona el estado “de oficio”).
o Declaración contra sí mismo: ( “ Nadie puede ser obligado .... tormentos y azotes” ). No se pueden obtener declaraciones con apremios ilegales.
o Sentencia justa, imparcial y fundada.

· Inviolabilidad del domicilio, la correspondencia y los papeles privados:

Esta garantía se refiere a la intimidad de la persona que no puede ser violada sino por orden escrita debidamente fundadaza y manifiesta de juez competente. Esta garantía incluye también a la historia clínica, el diario personal.

· Recurso de Hábeas Corpus:

Es una garantía que protege la libertad física, corporal o de locomoción a través de un procedimiento judicial sumario por el cual la persona que está detenida o presa tiene derecho a comparecer inmediatamente y públicamente ante el juez natural de la causa.

Se tramita independientemente de la cuestión de fondo y el juez debe resolverlo de manera inmediata ya que se aplica durante el estado de sitio.

Este recurso puede ser:

o clásico o reparador (pone fin a una detención ilegal),
o preventivo (ante amenaza real de privación de la libertad)
o correctivo ( para corregir condiciones de detención legal)
o restringido (para cesar molestias en la locomoción sin que se llegue a la privación de la libertad física).


· Recurso de Amparo:

Es la acción que protege las cuestiones relacionadas con la libertad patrimonial. El amparo puede ser:

o individual: acción judicial interpuesta por el particular damnificado ante actos de particulares o del estado que restrinjan, amenacen, o alteren los derechos y garantías patrimoniales.
o Colectivos: Interpuesto por un particular, el Defensor del Pueblo o alguna ONG ante cualquier acto de discriminación que afecten el medio ambiente, la competencia, al usuario o al consumidor. de los temas desarrollados.

· Supresión de las Garantías Constitucionales:

En situaciones de guerra o de desórdenes sociales el mantenimiento de las garantías constitucionales se vuelve imposible. Nuestra constitución establece los límites de esa emergencia y esto se llama Estado de Sitio. Esto está previsto en los artículos 75 inciso 29 y artículo 99 inciso 16.

Para que se declare el estado de sitio es necesario que estén en peligro el ejercicio de la constitución y las autoridades creadas por ella.

Debe declararse en la zona afectada por la emergencia; puede tener alcance territorial restringido (una o varias provincias) o la totalidad del territorio.

Durante el estado de sitio se suspenden las garantías constitucionales; sin embargo en este período extraordinario el presidente no puede aplicar penas ni condenas; sólo puede arrestar o trasladar personas. Las personas tienen la opción de salir del territorio.

El estado de sitio no suprime la constitución sino que es un mecanismo de defensa de la misma.

Como es una medida extrema y extraordinaria, ni bien desaparecen las causas debe levantarse el estado de sitio.

La medida es declarada por el poder legislativo en caso de conmoción interior y por el presidente en caso de ataque exterior. Si el Parlamento está en receso, lo hace el presidente pero el Congreso debe confirmarlo o levantarlo en cuanto se reúna.

DECLARACIONES Y DERECHOS

DECLARACIONES:

Las Declaraciones son enunciados solemnes de la Constitución que contienen principios fundamentales. Están contempladas en los artículos: 1 al 13, 15, 23 al 35.

DERECHOS:

Los Derechos son facultades que tienen los habitantes y las asociaciones. Los derechos no son absolutos sino relativos, es decir que deben ser reglamentados a través de leyes para poder ser ejercidos sin alterar el orden y la moral pública.

Los derechos tienen los siguientes requisitos: son universales (es decir son para todos los habitantes), inalienables (no se puede renunciar a ellos o ser enajenados), imprescriptibles (no se pierden por no usarlos).

Pueden ser explícitos (están enunciados en la Constitución Nacional) o implícitos (no están enunciados en la Constitución pero siguen los principios republicanos de gobierno). Ellos quedan todos comprendidos en el artículo 33 de la C.N. Esto da un dinamismo a la constitución para que se adecue a los tiempos sin necesidad de ser reformada constantemente.

Los derechos tienen una clasificación basada en la tradición europea según el orden cronológico en que fueron apareciendo y fueron reconocidos. Puede resumirse como:


· Primera Generación o individuales: surgieron a fines del siglo XVIII, luego de la Revolución Francesa. Corresponden a los derechos de los individuos. Incluyen los derechos civiles (corresponden a todos los habitantes) y los políticos (ejercidos sólo por los ciudadanos). En nuestra constitución existen desde 1853. Corresponden a los artículos 14 a 20 de la C.N.

· Segunda Generación o sociales: surgen en la segunda mitad del siglo XX, después de la 2º guerra mundial para mejorar la calidad de vida de los trabajadores. En Argentina se hicieron presente en la Constitución de 1949 (derogada en 1955) y luego en la reforma constitucional de 1957 se incorporaron como artículo 14 bis.

· Tercera Generación o difusos: En el último cuarto del siglo XX surge la necesidad de ampliar las facultades de los habitantes para detener las consecuencias del consumismo y de todo aquello que perjudicara la calidad de vida de grupos de habitantes. Se llaman difusos o colectivos porque su ejercicio corresponde a grupos indefinidos de personas que pueden verse afectados. En nuestra constitución fueron incorporados con la Reforma Constitucional de 1994. Corresponden a los nuevos derechos enunciados en los artículos 39, 41 y 42 de la C.N.

PREÁMBULO DE LA CONSTIUCIÓN NACIONAL

PRÉAMBULO:

Es la enunciación previa de toda constitución, en la cual se exponen los principales motivos, principios y fines de la Constitución. Los constituyentes de 1853 tuvieron como preámbulo modelo el de la constitución de los Estados Unidos.

Partes del Preámbulo:

· Origen y fundamentos: “Nos los representantes… en cumplimiento de pactos preexistentes”. Hace referencia a la democracia indirecta que adopta nuestro país y evoca los pactos firmados antes de la Constitución (Pilar, Benegas, Cuadrilátero, Federal, Acuerdo de San Nicolás)
· Propósitos perseguidos: “con el objeto de … habitar el suelo argentino”. Menciona los objetivos que persigue la constitución teniendo en cuenta el pasado histórico que los reúne, un presente y un futuro para todos los hombres libres que deseen incorporarse al país. Aquí hay una diferencia importante con el de Estados Unidos.
· Cláusula evocativa: “invocando la protección de Dios…. Justicia” Pide la protección de Dios conforme a la tradición de la Corona Española.
· Cláusula Imperativa; “Ordenamos, declaramos … Nación Argentina”. Marca la soberanía argentina emanada de la voluntad popular.

domingo, 22 de junio de 2008

PARTES DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL

4) PARTES DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL:

La Constitución Nacional consta de 3 partes y una serie de disposiciones transitorias que fueron incorporadas cuando se realizó la última reforma en 1994.

La primera parte corresponde al Preámbulo, que es una serie de enunciados acerca de las intenciones de la Constitución (ver más adelante el análisis en el punto 5).

A continuación está la Primera parte denominada: Declaraciones, Derechos y Garantías, dividida a su vez en dos capítulos, el primero referido a las declaraciones, derechos y garantías y abarca desde el artículo 1 al 35 y un segundo capítulo (también incorporado en la reforma de 1994) que enuncia los nuevos derechos y garantías (artículos 36 al 43).

La Segunda Parte de la Constitución, denominada Autoridades de la Nación, se refiere a la organización de los tres poderes que constituyen el gobierno. Ésta comprende a su vez dos títulos: el primero denominado Gobierno Federal (que se refiere a las autoridades a nivel nacional) y el segundo se llama Gobiernos de Provincia.

El primer título (Gobierno Federal) comprende varias secciones que se refieren a cada uno de los poderes en particular; la primera: al Poder Legislativo (abarca del artículo 44 al 86), la segunda: al Poder Ejecutivo (artículos 87 al 107) , la tercera: al Poder Judicial (capítulo 108 al 119) y la cuarta: al Ministerio Público (artículo 120).

Cada una de las secciones a su vez está dividida en capítulos que hacen referencia a la organización y funcionamiento de cada uno de los poderes. A modo de ejemplo indicamos que la sección primera (del Poder Legislativo) comprende siete capítulos: de la cámara de Diputados, del Senado, disposiciones comunes a ambas cámaras, atribuciones del Congreso, de la formación y sanción de leyes, de la Auditoría General de la Nación y del Defensor del Pueblo.

domingo, 8 de junio de 2008

PIRÁMIDE JURÍDICA

PIRÁMIDE JURIDICA:

La estructura jurídica de nuestro país tiene su asiento en la pirámide jurídica de Hans Kelsen (jurisconsulto austríaco) que elaboró una teoría del Estado a través de la cual puede marcarse un orden de prelación entre las diferentes normas jurídicas.

Según la estructura argentina las normas jurídicas a tener en cuenta son:

· Normas jurídicas superiores: su superioridad está dada por el órgano del cual emana y no por su contenido. Son originadas por los poderes legislativos nacional y provincial.
· Normas jurídicas inferiores: son aquellas que surgen del Poder Ejecutivo Nacional o Provincial o del Poder Legislativo Municipal.


· Norma Fundamental: involucra a la Constitución Nacional y a los tratados internacionales jerarquizados incorporados a la C.N. en 1994 en el artículo 75 inciso 22.
· Ley Suprema: está constituida por la Constitución Nacional, las leyes complementarias que reglamentan su ejercicio y los tratados internacionales comunes, en ese orden según lo establece el artículo 31 de la C.N.
· Leyes complementarias: son dictadas por el poder legislativo nacional y rigen en todo el territorio; integran la Ley Suprema y están previstas por la constitución nacional.
· Leyes nacionales: son dictadas también por el poder legislativo nacional y rigen en todo el territorio peo no forman parte de la ley suprema y surgen de las necesidades socio políticas de la comunidad.
· Decretos: son dictados por el poder ejecutivo nacional (rigen en todo el territorio nacional) y provincial (rigen en la provincia que lo dictó). Pueden ser:
- comunes,
- de necesidad y urgencia (incorporados en la reforma de 1994, sólo pueden ser dictados por el presidente y elevados al Poder Legislativo a través del Jefe de Gabinete, para ser ratificados o rechazados en el término de 30 días) y
-delegados (también incorporados en la reforma de 1994; es cuando el poder legislativo cede sus atribuciones al presidente en casos extremos y por un máximo de 180 días)
· Ordenanzas: son aquellas normas jurídicas inferiores, dictadas por los Consejos Deliberantes para ser sólo aplicables en el territorio y en materia municipal respectiva.

domingo, 1 de junio de 2008

TRABAJO PRÁCTICO N ° 4 ESTRUCTURA DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL

TRABAJAR CON EL TEXTO DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL

1) Indicar cuántas partes tiene la Constitución Nacional.
2) Hacer un esquema de contenido (Partes, capítulos, títulos etcétera).
3) Indicar cuántos capítulos tiene la primera parte.
4) ¿Qué artículos comprende cada uno?
5) ¿A qué hace referencia cada uno de ellos?
6) ¿A qué tema se refiere la segunda parte de la Constitución?
7) ¿Cómo está estructurada?
8) Indicar a qué temas hace referencia cada uno.
9) ¿Qué artículos comprende cada uno?
10) ¿Qué son las disposiciones transitorias? ¿cuántas son? ¿a qué temas hacen referencia?

TRABAJO PRACTICO N° 3 ANTECEDENTES CONSTITUCIONALES

Con la línea de tiempo, la síntesis y los cuadros comparativos, responder las siguientes preguntas:

1) ¿Cuándo se produce la Revolución de Mayo? ¿Qué consecuencias tuvo? ¿Qué gobierno se formó?
2) ¿ Con qué fin se reunió la Asamblea General Constituyente de 1813? ¿Logró su objetivo? ¿Qué otras obras realizó?
3) ¿Cuáles fueron las principales resoluciones del Congreso de Tucumán?
4) ¿Qué establece la Constitución de 1819? ¿Por qué fue rechazada? ¿Qué consecuencias tuvo este hecho?
5) ¿Por qué y para qué se firmaron los tratados entre Buenos Aires y las provincias después de la batalla de Cepeda? Mencionarlos y comparar: provincias firmantes, congreso a reunir, paz interior, tráfico de armas y cuestiones generales.
6) ¿Qué obra realizó el Congreso de 1824? Mencionar las principales características de la Constitución de 1826.
7) Comparar las constituciones de 1819 y 1826 (establecer similitudes y diferencias)
8) ¿Cuándo se firma el Pacto Federal? ¿Quiénes participan? ¿Con qué fines se estableció?
9) ¿Quiénes se enfrentaron en la Batalla de Caseros? ¿Cuándo? ¿Cuáles fueron las consecuencias?
10) ¿Qué establece el acuerdo de San Nicolás? ¿Cuándo se sanciona la Constitución Nacional?